La jueza Julieta Makintach, quien protagonizó un escándalo judicial por la realización de un documental sobre el juicio por la muerte de Diego Armando Maradona (60), presentó cinco puntos con los que plantea su defensa ante la imputación por parte de parte de los fiscales de San Isidro y solicitó la nulidad de la acusación en su contra.

En un escrito de 38 páginas -al que tuvo acceso Clarín- que fue presentado este viernes ante el Juzgado de Garantías N° 4 de San Isidro, a cargo del juez Esteban Rossignoli, la magistrada, a través de sus abogados Nicolás Corleto y Nicolás Urrutia, pidió que se declare nulo el pedido que los fiscales Carolina Asprella, Cecilia Chaieb y José Amallo elevaron procurador bonaerense Julio Conte Grand.
Para los fiscales, en el marco de la filmación del documental, titulado “Justicia Divina”, Makintach «ha protagonizado las acciones ilícitas que se encuadran legalmente en los delitos de cohecho pasivo, violación de los deberes de funcionario público y abuso de autoridad, malversación de caudales públicos y peculado de servicios».
A raíz de ello, solicitaron su destitución para poder continuar con el proceso penal. El paso siguiente será la notificación al Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados y Funcionarios de la Provincia De Buenos Aires, que ya había definido enviar a juicio político a Makintach.
Como respuesta a ello, la defensa de la jueza enumeró cinco puntos clave en los que se basa su solicitud.
La jueza está siendo sometida a un juicio político a raíz del escándalo que desató la realización del documental. Foto: Juano Tesone.
Como primer eje, los letrados indicaron “la existencia de un jury y la suspensión preventiva -no firme-» de su asistida, una «inválida valoración de los hechos y pruebas” y “falta de objetividad” de los fiscales.
“Desoyendo por completo la ley y aun admitiendo que no existe prueba acerca de futuras retribuciones económicas por su protagonismo en la serie, infundadamente, el Ministerio Público Fiscal no temió en promover una imputación bajo la figura prevista en el art. 256 del Código Penal (cohecho pasivo), desconociendo los propios fiscales las elementales circunstancias de tiempo, modo y lugar que debería tener una imputación tan grave como la formulada”, argumentaron.
En segundo lugar, los abogados expresaron que el requerimiento no detalla con precisión qué tipo de conductas ha incurrido la magistrada.
“En el requerimiento motivo de discusión se describieron hechos fácticos, genéricos e imprecisos, pero no se describió que acción personal habría ejecutado en cada uno de ellos nuestra asistida”, indicaron.
El tercer punto es el más técnico ya que hace referencia a la posible violación al ne bis in idem, que es una garantía jurídica que prohíbe que una persona sea juzgada dos veces por un mismo hecho.
El cuarto ítem está vinculado al ocultamiento de pruebas, según hacen referencia los abogados Corleto y Urritia. Para ello realizaron varias capturas de pantallas de los movimientos de declaraciones y pruebas solicitadas por los fiscales y las partes que estuvieron sin acceso a la defensa, como denunciaron.
“El ocultamiento de prueba en el proceso y la excursión de pesca a tales fines tiene como consecuencia de esta violación la nulidad de lo actuado, específicamente el requerimiento de destitución”, expresaron los abogados en el escrito.
Por último, la defensa de Makintach plantea que en la causa se obtuvo prueba de manera ilegal. Esto está basado en la declaración de una médica de la magistrada quien, según la acusación, no fue relevada de su secreto profesional.
“Esta defensa no pudo conocer y controlar la prueba, presenciarla e interrogar a los testigos, tampoco refutarlos posteriormente a sus declaraciones, por cuanto fuero “restringidas” sin motivo o fundamento alguno”, expresaron y agregaron: «Se advierte claramente de cuanto venimos exponiendo que la actividad jurisdiccional desplegada ha constituido una verdadera caza de brujas.»
Makintach sostiene que la acusación fiscal carece de una «base jurídica sólida».
Previo a la presentación, el Estudio Guerendiain, Corleto & Urrutia emitió un comunicado de prensa en el cual señalaron como «sorprendente y absurda» la acusación por parte de los fiscales de San Isidro.
En el comunicado, la defensa afirmó categóricamente que la acusación de la fiscalía “carece de una base jurídica sólida, lo que no solo compromete el derecho a una defensa efectiva de la Dra. Makintach, sino que también afecta la credibilidad del proceso judicial en su conjunto».
Los argumentos de la fiscalía
Los fiscales dieron por acreditado que Makintach, en su rol de jueza del Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) N° 3 de San Isidro, “aceptó la propuesta comercial efectuada al menos por María Vidal Alemán, y bajo la promesa de poder obtener beneficios económicos futuros directos -ya sea por la inversión de terceras personas en dicho emprendimiento privado- e indirectos -posteriores ganancias y/o regalías por imagen-, decidió promover y participar personalmente en un proyecto audiovisual en el que sería explotado el desarrollo del mentado juicio, su temática y su función jurisdiccional, por la que iba a desarrollar un rol protagónico”.
Vidal Alemán estuvo presente el primer día del debate y también en varias audiencias posteriores. En su descargo judicial indicó que era amiga de la infancia de la jueza, que trabajaba como decorada de interiores y que el documental era “una idea amateur” que le había propuesto a la magistrada.
“Con el objetivo de asegurar el éxito de la empresa audiovisual, fue que dolosamente, inobservando la Constitución, leyes y deberes que regían su labor como Magistrada Judicial, utilizó arbitraria y sistemáticamente la función jerárquica que ostentaba”, señalaron los fiscales.
Este argumento hace referencia a que la jueza se valió de su cargo para ingresar el domingo posterior al inicio del debate al palacio de tribunales de San Isidro y de advertir a la oficial de policía destinada a la custodia del tribunal que había personas tomando imágenes con cámaras en la primera jornada que contaban con su autorización.
El cambio en la presidencia del tribunal
Un día clave en el juicio por la muerte de Maradona fue la jornada del 15 de mayo cuando todos los abogados de las partes se sorprendieron al ver a Makintach ocupando el rol de presidenta del debate, en lugar del juez Maximiliano Savarino, quien ocupó ese rol hasta el momento.
Luego de un cuarto intermedio, los abogados solicitaron que se vuelva a la conformación original, con Savarino en la titularidad, la jueza Verónica Di Tommaso en la vicepresidencia y Makintach como vocal.
“(…) consiguiendo de ese modo el mayor protagonismo funcional y visual que le confería el nuevo rol, el que aún a costa de su deber constitucional de imparcialidad, sería capitalizado en el proyecto económico porque tal como ya estaba anunciado en el libreto, preveía que el desenlace del juicio que había logrado presidir, iba a culminar con una sentencia”, detallaron en la resolución, en la que aclararon que el sexto capítulo del documental tenía el título “La Justicia y la sentencia”.
Para los fiscales, la jueza tenía «absoluto» conocimiento del documental y del «negocio» que representaba.
Finalmente, para los fiscales Asprella, Chaieb y Amallo “no sólo que Makintach se hallaba en absoluto conocimiento de la existencia del proyecto audiovisual desde el vamos, sino del negocio que ello representaba”.
A raíz del escándalo que se generó alrededor del documental «Justicia Divina», el 29 de mayo pasado, el juicio por la muerte de Maradona fue declarado nulo y se sorteó un nuevo tribunal, con otros jueces, para llevarlo a cabo de nuevo, desde cero.