
El Juzgado de Paz y Faltas de Fontana condenó a una vecina al pago de $1.052.000 tras el ataque de su perro a una menor de seis años. El hecho ocurrió en junio de 2025 en un quincho de alquiler.
La sanción económica, detallada en la resolución 173/26, equivale a tres salarios mínimos, vitales y móviles. La jueza Selva Puchot aplicó el artículo 88 del Código de Faltas, el cual regula la tenencia indebida de animales y prevé el duplicado de la pena si el animal hiere a una persona.
Según el fallo, el incidente se produjo el 28 de junio de 2025, cuando el animal se desplazó libremente hacia un sector donde se realizaba un evento. La magistrada subrayó que el mantenimiento de animales de gran porte genera una responsabilidad objetiva que exige extremar medidas de seguridad, como el uso de bozal o custodia estricta.
La justicia determinó que existió una omisión en el deber de custodia por parte de la propietaria. Al formar el quincho parte del mismo predio donde se encontraba el perro, la imputada debía garantizar que el animal no tuviera acceso a las áreas donde se encontraban los invitados.
«La conducta de la imputada evidencia una omisión en el deber de custodia y control del animal», concluyó la jueza, resaltando que el riesgo aumenta cuando se trata de ejemplares potencialmente peligrosos en espacios compartidos con terceros.
La resolución sienta un precedente local sobre la responsabilidad civil y contravencional de los propietarios de animales de gran porte en predios destinados a eventos comerciales.
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