Condenan a una mujer por acusar de robo a su vecina en Facebook

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Argentina | Acoso Virtual


La Cámara de Apelaciones de Puerto Madryn confirmó una condena contra una comerciante que acusó públicamente a una vecina de haberle robado dinero. La Justicia determinó que no existían pruebas que vincularan a la mujer con el hecho y ordenó una indemnización de $2.450.000, además de una rectificación pública.

 

El conflicto se originó en febrero de 2021, cuando la comerciante detectó consumos y débitos que desconocía en su cuenta de Mercado Pago. Tras radicar una denuncia penal, difundió en Facebook la fotografía y los datos personales de una vecina a quien responsabilizó por las operaciones.

La publicación fue realizada desde la cuenta comercial de su negocio e incluía expresiones acusatorias y descalificatorias dirigidas a la mujer, a quien señalaba como autora del presunto delito.

Sin embargo, la investigación judicial avanzó con un allanamiento y diversas medidas probatorias que no lograron establecer ningún vínculo entre la vecina y la maniobra denunciada. Como resultado, la causa penal concluyó con el sobreseimiento definitivo de la acusada.

Tras esa resolución, la mujer inició una demanda por daños y perjuicios ante el Juzgado Civil y Comercial N.º 1 de Puerto Madryn, que hizo lugar a su reclamo. El fallo fue posteriormente ratificado por la Cámara de Apelaciones.

Al analizar el caso, los jueces sostuvieron que la libertad de expresión no ampara la atribución pública de delitos sin pruebas. En la sentencia remarcaron que existe una diferencia entre emitir opiniones o críticas y imputar públicamente un hecho delictivo a una persona determinada mediante expresiones denigrantes.

La resolución estableció una indemnización de $2.450.000 más intereses, además del pago de las costas judiciales. Para calcular el monto, el tribunal tomó como referencia el criterio de satisfacciones sustitutivas y compensatorias previsto en el Código Civil y Comercial.

Asimismo, la comerciante deberá publicar durante 15 días consecutivos una rectificación en sus redes sociales, reconociendo que las acusaciones afectaron el honor de la demandante y que no se acreditó su participación en ningún delito.

El fallo reafirma la responsabilidad legal que puede derivarse de las acusaciones difundidas en redes sociales cuando no cuentan con respaldo probatorio suficiente.

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